Destinatarios/as
- Corporaciones Locales de la C.A.P.V. y las Entidades de Desarrollo promovidas por ellas, las Instituciones y Entidades sin ánimo de lucro, cuyo objeto estatutario se encuentre vinculado a la actividad de la distribución y, fundamentalmente, a la empresa comercial, y estén radicados igualmente en la Comunidad Autónoma.
- Asociaciones de Comerciantes, Asociaciones Mixtas y Federaciones o Confederaciones de Asociaciones de Comerciantes de la C.A.P.V., que deberán estar inscritas en el Censo de Asociaciones de Comerciantes regulado en el Decreto 148/1997, de 17 de junio.